MORATORIA 2020

Moratoria 2020

A través de la Ley 27562, promulgada por el Decreto 699/2020, se amplía la moratoria de la Ley 27541.

Te recordamos algunos puntos de interés:

Se extiende el plazo de adhesión y la fecha de vencimiento de las obligaciones susceptibles de incorporar, se incorporan nuevas obligaciones, la cantidad de cuotas y condiciones varían según el tipo de contribuyente y se incorpora el concepto de “Contribuyente cumplidor” y se conceden beneficios.

La actual moratoria MiPyME incluye obligaciones tributarias, de la seguridad social y aduaneras vencidas al 30 de noviembre de 2019 y el plazo de adhesión es hasta el 31 de agosto de 2020. En tanto que ahora se incluyen obligaciones tributarias, de la seguridad social y aduaneras vencidas al 31 de julio de 2020 y el plazo de adhesión hasta el 31 de octubre de 2020.

Sujetos comprendidos

Incluye a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, Entidades sin fines de lucro, organizaciones comunitarias inscriptas como fundaciones, asociaciones civiles o simples asociaciones, entidades con reconocimiento municipal con determinados requisitos, personas humanas y sucesiones indivisas consideradas “pequeños contribuyentes” y resto de los contribuyentes. Luego mencionó sujetos excluidos.

Contempla sujetos excluídos,  repatriación, obligaciones incluidas, el pago a cuenta, caducidades, etc.

Otro punto destacable es el beneficio a “Contribuyentes Cumplidores” que los define como aquellos que al momento de entrada en vigencia de la norma no registre incumplimientos en la presentación de declaraciones juradas, como tampoco, en el caso de corresponder, en el pago de las obligaciones tributarias desde los períodos fiscales iniciados a partir del 1 de enero de 2017. Contempla beneficios para Monotributistas, Personas Humanas, y Ganancias Personas Jurídicas, Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

Algo importante de destacar es la suspensión con carácter general, por el término de un año el curso de la prescripción de la acción para determinar o exigir el pago de los tributos cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentre a cargo de la AFIP y para aplicar multas con relación a los mismos.

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